CONCEPTO 73 DE 2012
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
NAL-CE-2012-03221
Señor
XXXXX
XXXXX
Condominio La Toscana MF 5 Casa 33
Correo electrónico: XXXXX@hotmail.com
Ciudad
Asunto: Su petición con radicado NAL-PR-2012-00691 del 27 de julio de 2012.
Reciba un cordial saludo,
Atendiendo su petición referida en el asunto, comedidamente nos permitimos manifestarle que los ingenieros, sus profesionales afines y profesionales auxiliares deben desempeñarse en las actividades que su propia preparación académica o idoneidad les permite, so pena de vulnerar la prohibición establecida en el Código de Ética Profesional, según la cual los ingenieros sujetos a la Ley 842 de 2003, no pueden exceder la incumbencia que les otorga su título y su propia preparación (literal a, artículo 34, Ley 842 de 2003).
De acuerdo con lo anterior, le informamos que ha sido consultado el perfil ocupacional de los Tecnólogos en Mantenimiento Industrial, egresados de la Universidad Antonio Nariño, el cual señala:
PERFIL OCUPACIONAL
"Nuestro egresado puede desempeñarse en todo tipo de empresas dedicadas a la producción de bienes o transformación de materias primas y de generación de energía, que empleen procesos industriales o agroindustriales en la industria: - Petroquímica - Farmacéutica - Automotriz – Minera – Energía – Textilera – Metalmecánica – Plásticos – Construcción –Transporte – Marroquinería - Alimentos y bebidas."
En el mismo sentido, encontramos que la Universidad de Ibagué en cuanto al perfil ocupacional de los Tecnólogos en Mantenimiento Industrial, dispone:
PERFIL OCUPACIONAL
"El Tecnólogo en Mantenimiento Industrial es un profesional con formación integral, sentido ético y compromiso con la región que se caracteriza por su fundamentación en las aplicaciones tecnológicas del campo de la mecánica, la electricidad y la electrónica. Por los conocimientos y las competencias adquiridas durante su formación universitaria, estará en capacidad de participar en actividades relacionadas con la identificación, caracterización y evaluación de causas de falla en sistemas mecánicos, eléctricos y electrónicos, así como en actividades de planeación y ejecución de acciones correctivas, preventivas o predictivas".
Las actividades descritas son, entre otras, las que los Tecnólogos en Mantenimiento Industrial pueden ejercer, siempre y cuando tengan el respectivo título profesional y el Certificado de Inscripción Profesional que autoriza dicho ejercicio, por lo que en este sentido, en respuesta a su consulta, el perfil profesional del Tecnólogo en Mantenimiento Industrial es el de aquel profesional que está en capacidad de "participar en actividades relacionadas con la identificación, caracterización y evaluación de causas de falla en sistemas mecánicos, eléctricos y electrónicos," (según el Perfil dado por la Universidad de Ibagué)
En estos términos consideramos resuelta su consulta, con los efectos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
