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CONCEPTO 411 DE 2012
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
Señor:
XXXXX
XXXXX@cemex.com
Ciudad.
Asunto: Su petición con radicado NAL-PR-2012-01898 del 7 de diciembre/12.
Reciba un cordial saludo,
Atendiendo su petición referida en el asunto, nos permitimos manifestarle que el COPNIA es la entidad encargada de controlar y vigilar el ejercicio de la ingeniería, de sus profesiones afines y de sus profesiones auxiliares según lo establece la Ley 842 de 2003, motivo por el cual no tiene competencia para controlar el ejercicio del Técnico Profesional en Administración de Empresas, por no tratarse de una profesión a las que se refiere dicha ley.
