CONCEPTO 528 DE 2012
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
Ingeniero:
XXXXX
C.C. No. XXXXX
XXXXX@rednaval.org
Ciudad.
Asunto: Su petición NAL-PR-2012-00272 radicada el 16 de marzo de 2012.
Reciba un cordial saludo,
Atendiendo su petición referida en el asunto, comedidamente nos permitimos manifestarle que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6o de la Ley 842 de 2003, para ejercer legalmente la ingeniería en cualquiera de sus ramas en Colombia se debe ostentar la Matrícula Profesional, lo cual se puede probar con la respectiva tarjeta (plástico), y en su defecto, con el Certificado de Vigencia y Antecedentes Disciplinarios cuya autenticidad e inalterabilidad puede ser comprobada en la página www.copnia.gov.co por el interesado en obtener los servicios profesionales correspondientes a través del respectivo código de verificación.
