CONCEPTO 2 DE 2016
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
Señor
XXXXX
Asunto: Su consulta radicada bajo el número E2016WEB00000267 de 4 de enero de 2016
Respetado señor:
Para dar respuesta a su petición referida en el asunto, a través de la cual consulta si el título de administrador industrial es afín al título profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines e Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines, se tienen en cuenta las siguientes disposiciones:
– La Ley 842 de 2003 por la cual se modifica la reglamentación del ejercicio de la ingeniería, de sus profesiones afines y de sus profesiones auxiliares, se adopta el Código de Ética Profesional y se dictan otras disposiciones.
– El Decreto 1767 de 2006 por el cual se reglamenta el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior - SNIES.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 4o de la Ley 842 de 2003, se determinan las profesiones afines a la Ingeniería. Dicho artículo señala:
“Son profesiones afines a la ingeniería, aquellas que siendo del nivel profesional, su ejercicio se desarrolla en actividades relacionadas con la ingeniería en cualquiera de sus áreas, o cuyo campo ocupacional es conexo a la ingeniería, tales como: La Administración de Obras Civiles, la Construcción en Ingeniería y Arquitectura; la Administración de Sistemas de Información; la Administración Ambiental y de los Recursos Naturales, la Bioingeniería y la Administración en Informática, entre otras” (Subrayas fuera de texto).
Así que, la determinación de la afinidad por la primera vía, es decir, si desarrolla actividades relacionadas con la ocupación, la determina la Ley, no obstante, al examinar la conexidad del campo ocupacional, se ampliará dicha afinidad, conforme lo establece la Clasificación Nacional de Ocupaciones y en su defecto, por el perfil ocupacional referido por la Universidad o Institución de Educación Superior que otorga el título. Dado que no se identificó claramente el programa de Administración Industrial en la Clasificación Nacional de Ocupaciones, nos hemos remitido al perfil ocupacional de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, cuya descripción es la siguiente:
“Perfil Ocupacional:
El Administrador Industrial puede desempeñarse como:
– Gerente o administrador de empresas u organizaciones y/o director de las áreas de gestión.
– Asesor y consultor de empresas en las áreas de gestión empresarial.
– Analista de la información contable y financiera para la toma de decisiones.
– Interventor de proyectos de desarrollo tecnológico y empresarial y de sistemas de producción industrial.
– Administrador, supervisor y desarrollador de soluciones informáticas para la gestión en los diferentes procesos empresariales.
– Gestor de proyectos de desarrollo empresarial y tecnológico”(1).
No obstante, si se realiza consulta en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior - SNIES, que es la fuente oficial de información del Ministerio de Educación Nacional, y tiene como objetivo mantener y divulgar información confiable, oportuna y relevante de las instituciones y de los programas de educación superior aprobados por esta Entidad, se encuentra que el núcleo básico del conocimiento “Ingeniería de Sistemas, Telemática y Afines”, se definió para los siguientes programas:
– Ingeniería de Sistemas
– Administración Comercial y de Sistemas
– Administración de Informática
– Administración de Sistemas de Información
– Administración de Sistemas Informáticos
– Administración en Informática
– Diseño y Administración de Sistemas
– Gestión de Sistemas de Información
– Ingeniería den (sic) Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
– Ingeniería Informática
– Ingeniería Telemática
– Ingeniería en Multimedia
– Ingeniería Telecomunicaciones
– Ingeniería en Teleinformática – Ingeniería en Software
– Ingeniería en Diseño de Entretenimiento Digital
– Ingeniería en Computación
– Ingeniería en Ciencias Computacionales – Ingeniería en Telecomunicaciones e Informática
– Ingeniería de Software y Comunicaciones
– Ingeniería de Sistemas y Telemática
– Ingeniería de Sistemas y Computación
Así mismo se consultó el núcleo básico del conocimiento “Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines”, y se encontraron los siguientes programas:
– Ingeniería Electrónica
– Ingeniería en Telecomunicaciones
– Ingeniería Mecatrónica
– Ingeniería de Control
– Ingeniería de Diseño y Automatización Electrónica
– Ingeniería de Sonido
– Ingeniería de Telecomunicaciones
– Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones
– Ingeniería en Automatización Industrial
– Ingeniería en Automatización
– Ingeniería en Control
– Ingeniería Naval - Especialidad Electrónica
– Ingeniería en Control y Automatización Industrial
– Ingeniería en Instrumentación y Control
– Ingeniería en Control Electrónico e Instrumentación
En conclusión, ya que no existe un solo criterio de afinidad, conforme al perfil ocupacional del programa, en el que se incluye dentro de su posible ocupación ser “Administrador, supervisor y desarrollador de soluciones informáticas para la gestión en los diferentes procesos empresariales”, se puede considerar que la Administración Industrial es afín a la Ingeniería Informática.
El anterior concepto se extiende en los términos contemplados en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), sustituido por el artículo 1o de la Ley 1755 de 2015, cuyo contenido señala que: “salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución”.
<NOTA DE PIE DE PÁGINA>
1. Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. Perfil Ocupacional del Administrador Industrial. Recuperado el 29 de enero de 2016 de http://www.uptc.edu.co/
