CONCEPTO 224 DE 2016
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
Señora
XXXXXX
Ciudad
Asunto: Su consulta radicada bajo los números E2016NAL00005291 y E2016NAL00005439 del 11 y 14 de julio de 2016.
Estimada señora:
De manera atenta damos respuesta a la solicitud referida en el asunto, informándole que de acuerdo con el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior - SNIES(1), el núcleo básico de conocimiento y el área de conocimiento del programa denominado Tecnología en desarrollo de videojuegos del SENA, es el siguiente:
| Núcleo Básico de Conocimiento - NBC | Ingeniería de Sistemas, Telemática y Afines |
| Área de Conocimiento | Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo y Afines |
Por lo expuesto, al ser un programa de educación superior cuya área de conocimiento corresponde a la Ingeniería, se trata de una profesión directamente auxiliar de la Ingeniería de Sistemas, entre otras, razón por la que el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería - COPNIA es la entidad pública competente para controlar y vigilar su ejercicio profesional, debiendo obtener el Certificado de Inscripción Profesional, conforme a los artículos 3o y 6o, de la Ley 842 de 2003.
En vista de que la profesión no se encuentra dentro de los listados de la página web del COPNIA, remitiremos copia de la presente comunicación al área encargada para que adelante las gestiones pertinentes.
El anterior concepto se extiende en los términos contemplados en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), sustituido por el artículo 1o de la Ley 1755 de 2015, cuyo contenido señala que: “salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución”.
<NOTA DE PIE DE PÁGINA>
1. Consultado en: http://snies.mineducacion.gov.co/consultasnies/verPrograma?codigo=91162 el 2 de agosto de 2016.
